viernes, 28 de noviembre de 2014

sucesión por causa de muerte 

la sucesión por causa de muerte es el hecho jurídico por el cual una persona viviente ocupa el lugar de una persona muerta 

de la herencia
decían los romanos que el heredero sostiene y continua la personalidad jurídica del difunto formando con el un persona jurídica  de donde sigue el heredero sucede en todas las relaciones jurídicas al difunto así activas como pasivas 

delación de la herencia 

la herencia se delata cuando uno es llamado a recogerla se dice entonces que la herencia se refiere al heredero esto es que se pone a su alcance 

herencia testamentaria y herencia legitima 

según sea la fuente inmediata de la herencia se divide en testamentaria la primera es la que proviene del testamento la segunda es la que proviene de la ley a falta de testamento, la herencia testamentaria ocupa el primer lugar según el derecho romano lo que quiere decir que cuando no hubo testamento, si lo hubo se invalido viene la sucesión intestada o legitima 



sucesión testamentaria 

la palabra testamento toma su origen de testimonio de la mente se ha criticado esta definición por que no expresa el elemento esencial 
 del testamento,cual es la institución del heredero en efecto según derecho romano no podría a ver testamento sin institución de heredero   no sucede lo mismo en el derecho civil moderno donde no es necesaria la institución del heredero 

capacidad de testar

la capacidad de testar exigía  a su vez, capacidad de tener un buen patrimonio propio tener el jus comercii y gozar de capacidad jurídica  


forma de los testamentos

las solemnidades externas de los testamentos variaron en las distintas épocas con la evolución  general del derecho las antiguas formas se llamaron calicatas comités 


formas del testamento en derecho justinianeo

en esta época el testamento podía ser publico o privado era publico el qe se otorgaba ante el emperador o el magistrado   

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